Videovigilancia obligatoria en mataderos (RD 695/2022): cómo integrar las grabaciones con la trazabilidad y el ERP cárnico
El Real Decreto 695/2022 obliga a los mataderos españoles a disponer de cámaras que cubran la descarga, el alojamiento de animales vivos, los pasillos de conducción y las zonas de aturdido y sangrado hasta la muerte (y el escaldado en aves y porcino), con imágenes accesibles durante 30 días para la autoridad competente; obligatorio desde el 24 de agosto de 2023 y, para los mataderos pequeños, desde el 24 de agosto de 2024. Qué exige exactamente, cómo cumplir la protección de datos de los trabajadores grabados y cómo enlazar cada grabación con el lote de sacrificio, el registro de incidencias y la trazabilidad del ERP.