El cuaderno de explotación que cada agricultor ha llevado en papel durante años está pasando a ser un registro electrónico conectado con la Administración. La pieza central es el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), creado por el Real Decreto 1054/2022, que integra el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA) y el Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE). El calendario ha cambiado varias veces, la última con el Real Decreto 1039/2025, y a 16 de septiembre de 2026 queda así: el CUE puede usarse de forma voluntaria desde 2024, el registro de la fertilización se anota desde el 1 de enero de 2026 en papel o en digital, y el registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios será obligatorio el 1 de enero de 2027. Esta guía explica qué hay que registrar, cómo se relacionan las aplicaciones privadas con el SIEX y por qué una asociación, una cooperativa o una entidad de asesoramiento tiene sentido que integre el cuaderno en su propio software en vez de mandar a sus socios a la aplicación de la comunidad autónoma.

Qué es el SIEX y qué piezas tiene

El Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, configura el SIEX como una plataforma estatal, gestionada por el Ministerio de Agricultura, que recopila la información agrícola, ganadera y forestal a partir de los registros de las comunidades autónomas. Sus componentes:

  • Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA): soporte electrónico gestionado por cada comunidad autónoma que concentra la información de las explotaciones: titular, parcelas, cultivos, regímenes de tenencia, maquinaria, instalaciones. Sustituye a los registros administrativos dispersos que existían.
  • Cuaderno digital de explotación agrícola (CUE): el registro de la actividad de la explotación, campaña a campaña: tratamientos fitosanitarios, fertilización, riego, cosecha, siembras y otras operaciones, con un contenido mínimo fijado en los anexos del real decreto.
  • Intercambio con la PAC: los datos del REA y del CUE se cruzan con la solicitud única y con el sistema de monitorización de superficies, de modo que la Administración deja de pedir el mismo dato varias veces.

El Real Decreto 34/2025, de 21 de enero, modificó el sistema para simplificar contenidos y plazos, y el Real Decreto 1039/2025 introdujo el último aplazamiento del registro electrónico de fitosanitarios en aplicación del Reglamento (UE) 2025/2203.

Calendario a 16 de septiembre de 2026

ObligaciónFechaNorma
Uso voluntario del CUE por los titulares de explotaciónDesde 2024RD 1054/2022
Registro de la fertilización (nutrientes y materia orgánica aplicados) en el cuaderno, en papel o digitalDesde el 1-ene-2026RD 1051/2022 de nutrición sostenible, modificado por el RD 934/2025
Registro de tratamientos fitosanitarios en papelPermitido hasta el 31-dic-2026RD 1039/2025
Registro electrónico de tratamientos fitosanitarios en el CUEObligatorio desde el 1-ene-2027RD 1039/2025 y Reglamento (UE) 2025/2203
Resto de contenidos del CUEIncorporación progresiva según lo que fije el Ministerio para cada campañaRD 1054/2022 y RD 34/2025

La fecha que importa a corto plazo es el 1 de enero de 2027: desde entonces, cada tratamiento fitosanitario debe anotarse en el CUE por medios electrónicos, con producto, dosis, parcela, cultivo, fecha, plaga y aplicador. Quien siga con el cuaderno en papel a partir de esa fecha estará fuera de norma y expuesto a penalizaciones en las ayudas de la PAC, que exigen el cumplimiento de la condicionalidad.

Quién puede llevar el cuaderno y cómo

El CUE lo debe llevar el titular de la explotación, pero el real decreto permite que lo hagan por él terceros con su autorización: asesores, entidades de asesoramiento reconocidas, cooperativas, asociaciones y otros representantes. Y permite dos vías técnicas:

  1. La aplicación de la comunidad autónoma, gratuita, con los formularios del contenido mínimo.
  2. Aplicaciones privadas que registran la información y la comunican al REA y al SIEX mediante los servicios de interoperabilidad cuyas especificaciones publica el Ministerio: formatos, catálogos de productos y cultivos, validaciones y protocolos de envío.

La segunda vía es la que interesa a una organización que ya tiene un sistema de gestión con sus socios dentro: el cuaderno se rellena desde el mismo software donde están las parcelas, las compras de fitosanitarios, los partes de trabajo o las entregas de cosecha, y el sistema lo envía al registro autonómico sin volver a teclearlo.

Qué gana una asociación o una cooperativa al integrar el CUE

  • Un solo dato, una sola vez: la compra del producto fitosanitario en la cooperativa, el parte del aplicador y la anotación en el cuaderno son el mismo registro, no tres.
  • Control de plazos: el sistema avisa de qué socios no han registrado tratamientos, de qué parcelas tienen aplicaciones fuera de plazo de seguridad y de qué productos han perdido la autorización.
  • Trazabilidad hacia la cadena: el cuaderno alimenta la trazabilidad del producto vendido, que la industria y la distribución piden cada vez más, y encaja con la trazabilidad NFC de lotes y envases.
  • Asesoramiento con datos: el técnico de la entidad ve toda la campaña de sus socios y puede planificar tratamientos y fertilización con la información real, cumpliendo además el registro de nutrientes de 2026.
  • Menos rechazos en la PAC: las validaciones del SIEX se aplican antes de enviar y los datos coinciden con la solicitud única.
  • Servicio al socio: la entidad ofrece el cuaderno como parte de su gestión, en vez de derivar a cada agricultor a una aplicación distinta.

Qué debe hacer el software para integrarse con el SIEX

  1. Modelo de datos alineado con el contenido mínimo del CUE: explotación, parcelas SIGPAC, cultivos, productos con número de registro, dosis, fechas, aplicadores con carnet, maquinaria, plaga o motivo, plazo de seguridad.
  2. Catálogos oficiales sincronizados: registro de productos fitosanitarios del Ministerio, cultivos, fertilizantes, para que lo registrado valide contra lo que el SIEX espera.
  3. Servicios de interoperabilidad: implementación de los servicios web publicados por el Ministerio y la comunidad autónoma para enviar anotaciones al REA, recibir acuses y consultar la explotación.
  4. Validaciones previas: producto autorizado para el cultivo, dosis dentro de la etiqueta, aplicador habilitado, fecha coherente con la campaña.
  5. Autorización del titular para que la entidad registre en su nombre, gestionada y archivada.
  6. Trazabilidad y auditoría: quién anotó qué, cuándo, desde qué origen, con copia de lo enviado y de lo recibido.
  7. Modo fuera de línea para el registro en campo y sincronización posterior.
  8. Protección de datos: los datos de la explotación son del titular; la entidad es encargada del tratamiento y el sistema debe reflejarlo.

El paralelo ganadero

En ganadería el camino ya está recorrido: identificación individual, movimientos comunicados al REGA, libro de explotación y tratamientos veterinarios registrados electrónicamente, como explicamos en trazabilidad ganadera digital: del crotal al REGA sin papel y en software para asociaciones ganaderas. El CUE lleva al cultivo la misma lógica: un registro electrónico, validado y comunicado, que la organización lleva por sus socios desde su propio sistema.

Cómo lo hace CEDESA

CEDESA desarrolla software de gestión para el sector agroalimentario, con sistemas para asociaciones ganaderas y entidades del sector que integran el libro de registro, los movimientos y la trazabilidad con los registros oficiales. La integración del cuaderno digital sigue ese mismo patrón: tomar los datos donde ya están (compras, parcelas, partes de trabajo, entregas), validarlos contra los catálogos oficiales y comunicarlos al registro autonómico por los servicios de interoperabilidad, con la trazabilidad de cada envío. Y como los datos son de los titulares, lo hacemos con ISO 27001 y ENS en el ciclo de desarrollo y en la operación.

Preguntas frecuentes sobre el cuaderno digital de explotación

¿Es obligatorio el cuaderno digital de explotación en 2026?

No de forma general. A 16 de septiembre de 2026 el CUE es de uso voluntario; lo obligatorio desde el 1 de enero de 2026 es registrar la fertilización en el cuaderno, en papel o digital, y desde el 1 de enero de 2027 será obligatorio registrar los tratamientos fitosanitarios por medios electrónicos, según el Real Decreto 1039/2025.

¿Qué cambia el 1 de enero de 2027?

Que el registro de tratamientos fitosanitarios deja de poder llevarse en papel: cada aplicación debe anotarse electrónicamente en el cuaderno digital, con producto, dosis, parcela, cultivo, fecha, motivo y aplicador. El papel se admite solo hasta el 31 de diciembre de 2026.

¿Puede una cooperativa o una asociación llevar el cuaderno digital por sus socios?

Sí. El Real Decreto 1054/2022 permite que el cuaderno lo cumplimenten terceros autorizados por el titular, como asesores, entidades de asesoramiento, cooperativas o asociaciones, y que lo hagan desde aplicaciones privadas que se comuniquen con el registro autonómico y el SIEX por los servicios de interoperabilidad del Ministerio.

¿Hay que usar la aplicación de la comunidad autónoma o vale un software propio?

Las dos vías son válidas: la aplicación gratuita de la comunidad autónoma o una aplicación privada que registre la información y la envíe al REA y al SIEX conforme a las especificaciones de interoperabilidad publicadas. Un software propio permite que el dato salga de la compra, del parte de trabajo o de la parcela ya registrada, sin volver a teclearlo.

¿Qué pasa si no se lleva el cuaderno digital cuando sea obligatorio?

Además de las sanciones de la normativa de productos fitosanitarios, el cuaderno forma parte de la condicionalidad de las ayudas de la PAC, de modo que su ausencia o sus defectos pueden traducirse en penalizaciones sobre los pagos.

Conclusión

El cuaderno digital de explotación tiene ya su primera fecha firme: el 1 de enero de 2027 los tratamientos fitosanitarios se registran electrónicamente, y desde 2026 se anota la fertilización. Una asociación, una cooperativa o una entidad de asesoramiento puede esperar a que cada socio se busque la vida en la aplicación autonómica, o integrar el cuaderno en el sistema que ya lleva sus compras, sus parcelas y sus trabajos y comunicarlo al SIEX por los servicios de interoperabilidad. Si queréis ver cómo encaja en vuestro software, contadnos qué sistema usáis hoy con vuestros socios.